Articulo 1 Aportación económica de los usuarios a la financiación de los servicios por estancia en centros para la tercera edad
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»Artículo 1. Objeto.
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El objeto de esta Ley Foral es la regulación, por una parte, de la aportación económica de los usuarios de centros para la Tercera Edad propios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o concertados con la misma y, por otra, de las prestaciones económicas de dicha Administración a usuarios para el pago de la estancia en centros ajenos de atención a la Tercera Edad.
A los efectos de esta Ley Foral son centros ajenos aquellos no pertenecientes a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra ni concertados con ella.
