Artículo 1 se aprueba el Calendario Oficial de Fiestas Laborales para 2026 de la Comunidad Autónoma de Euskadi
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»Artículo 1.
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Tendrán la consideración de días inhábiles en el País Vasco a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, durante el año dos mil veintiséis, todos los domingos del año y las festividades de:
1 de enero, Año Nuevo.
6 de enero, Epifanía del Señor.
19 de marzo, San José.
2 de abril, Jueves Santo.
3 de abril, Viernes Santo.
6 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
25 de julio, Santiago Apóstol.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
