Articulo 1 el que se aprueba elReglamento por el que se regula el procedimiento de integracion delpersonal de regimen laboral fijo de las entidades locales de Navarraen el Estatuto del Personal al servicio de las AdministracionesPublicas de Navarra
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»Artículo 1.
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El personal laboral fijo de plantilla de la Administración Local de Navarra y de sus organismos autónomos podrá optar, por una sola vez, por la integración en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, si así lo deciden los órganos de gobierno competentes de las entidades locales mediante su acuerdo favorable a la iniciación del proceso de integración de su personal respectivo en el plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor de esta disposición.

