Articulo 1 se aprueba el gasto y los módulos de distribución para subvencionar a los Ayuntamientos por la atención de los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz en los municipios en el primer semestre de 2025 en la Comunidad Autónoma de Aragón
Primero.
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Aprobar los módulos de distribución del crédito de ciento noventa y tres mil novecientos noventa y seis euros con cuarenta céntimos entre los Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón con Juzgados de Paz, conforme a las cuantías concedidas a cada uno de los municipios que se especifican en los anexos I y II, para ayudar a sufragar los gastos de funcionamiento de estos órganos judiciales, atendiendo a los siguientes criterios:
1. Población de derecho de los municipios, según los últimos datos demográficos oficiales del Instituto Nacional de Estadística, de conformidad con los siguientes tramos:
| Número habitantes | Cuantía anual / euros | Cuantía semestral / euros |
| 1-200 | 280 | 140 |
| 201-500 | 400 | 200 |
| 501-1000 | 600 | 300 |
| 1001-3000 | 1200 | 600 |
| 3001-6000 | 2000 | 1000 |
| 6001-12000 | 5000 | 2500 |
| Más de 12001 | 7000 | 3500 |
2. Los Ayuntamientos de los municipios integrantes de cada una de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz percibirán el 50% de la cantidad que por población de derecho les corresponda. El otro 50% pasará a incrementar la cantidad que, en función de su población de derecho, corresponda a los Ayuntamientos de los municipios sedes de las citadas Agrupaciones.
