Articulo 1 el que se apru...ecializada

Articulo 1 el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantias de Espera en Atencion Especializada

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Artículo 1. Objeto.

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1. El presente Decreto Foral tiene por objeto garantizar, en el ámbito del sistema sanitario público de Navarra, de conformidad con la Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantías de Espera en Asistencia Especializada, los plazos máximos de espera en la atención sanitaria especializada programada y no urgente establecidos en la misma, regulando los procedimientos quirúrgicos para los que el plazo máximo de espera es de 120 días y las especialidades, en consultas de atención especializada, en las que es de aplicación la garantía de espera, y desarrollando las situaciones personales de causa justificada que causen suspensión o pérdida de la garantía del plazo máximo de espera garantizado.

2. También es objeto de este Decreto Foral la organización y funcionamiento del Registro de pacientes en listas de espera de Navarra, adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.