Artículo 1 se aprueban los programas funcionales, estándares y condiciones técnicas de las instalaciones de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid
Artículo 1. Objeto
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1. El objeto de esta orden es la aprobación de los programas funcionales contenidos en su anexo segundo, aplicables a los proyectos de creación, remodelación, ampliación o traslado de las instalaciones de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid.
2. Los programas funcionales, en cuanto a módulos o modelos funcionales, se destinan a la planificación arquitectónica y de los servicios. Con tal fin, recogen todos los elementos y espacios del proyecto, con las dimensiones, características y cualidades necesarias que facilitarán la atención de las demandas del servicio. Se aplicarán de acuerdo con el volumen de población a la que prestarán servicio, universal en cuanto a perfiles de usuarios, debiendo contemplarse en su aplicación práctica una previsión de crecimiento a medio plazo. Los elementos y espacios se dimensionan a partir de los estándares cuantitativos y cualitativos enunciados en esta orden, gradualmente establecidos conforme a las distintas realidades demográficas.
