Articulo 1 Archivos y patrimonio documental de Extremadura
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»Artículo 1. Objeto.
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El objeto de la presente Ley es la protección, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Documental de Extremadura, así como la creación y articulación del Sistema Archivístico de Extremadura, la regulación del régimen de organización y funcionamiento de sus archivos y del acceso de los ciudadanos a los mismos, así como el establecimiento del correspondiente régimen sancionador.
Igualmente, es objeto de la presente Ley el establecimiento y fijación de los derechos y obligaciones relativas al Patrimonio Documental, tanto de los ciudadanos como de los titulares de los archivos que formen parte del citado Sistema Archivístico.
