Articulo 1 Aspectos del Derecho de sociedades
Artículo 1. Objeto
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La presente Directiva establece medidas en relación con lo siguiente:
| - | la coordinación, para hacerlas equivalentes, de las garantías que, para proteger los intereses de socios y terceros, se exigen en los Estados miembros a las sociedades definidas en el artículo 54, párrafo segundo, del Tratado, en lo relativo a la constitución de sociedades anónimas, así como al mantenimiento y modificaciones de su capital, |
| - | la coordinación, para hacerlas equivalentes, de las garantías que, para proteger los intereses de socios y terceros, se exigen en los Estados miembros a las sociedades definidas en el artículo 54, párrafo segundo, del Tratado, en lo relativo a la publicidad, a la validez de las obligaciones contraídas por las sociedades por acciones y las sociedades de responsabilidad limitada, y a la nulidad de dichas sociedades, -las normas relativas a la constitución en línea de sociedades, el registro en línea de sucursales y la presentación en línea de documentos e información por parte de sociedades y sucursales, |
| - | los requisitos de publicidad en relación con las sucursales constituidas en un Estado miembro por determinadas formas de sociedades sujetas a la normativa de otro Estado, |
| - | las fusiones de sociedades anónimas, |
| - | las transformaciones transfronterizas, las fusiones transfronterizas y las escisiones transfronterizas de sociedades de capital; |
| - | la escisión de sociedades anónimas. |
