Articulo 1 calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá durante el año 2023 en la Comunidad de Castilla y León
Primero.-
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Establecer el calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá durante el año 2023 en la Comunidad de Castilla y León.
Durante el año 2023 serán inhábiles, en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, los sábados, los domingos y las siguientes fiestas laborales, que figuran en el Decreto 35/2022, de 22 de septiembre:
- 1 de enero, Año Nuevo. Se traslada al lunes, 2 de enero.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 6 de abril, Jueves Santo.
- 7 de abril, Viernes Santo.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 25 de julio, Santiago Apóstol.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.

