Articulo 1 Calendario de fiestas laborales 2018 de Canarias
Artículo 1.- Calendario de fiestas de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.
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1. En aplicación de la legislación del Estado, tendrán durante el año 2018 la consideración de días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 30 de marzo, Viernes Santo.
- 1 de mayo, Día del Trabajo
- 30 de mayo, Festividad del Día de Canarias.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
2. Además de las once fiestas mencionadas en el apartado 1, para el año 2018, se declara el 29 de marzo, Jueves Santo, como fiesta de carácter recuperable.
3. En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes:
- En El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes.
- En Fuerteventura: el 14 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña.
- En Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino.
- En La Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe.
- En La Palma: el 29 de septiembre, festividad de San Miguel Arcángel.
- En Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Dolores.
- En Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria.
- Artículo modificado (1) por DECRETO 209/2017, de 25 de septiembre, de modificación del Decreto 165/2017, de 12 de junio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2018 y se abre plazo para fijar las fiestas locales.
(CN de 29-09-2017) en vigor desde 29-09-2017
