Articulo 1 Calendario oficial de fiestas laborales para 2017 de Cataluña
Artículo 1
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a) Serán fiestas laborales en Cataluña durante el año 2017 las siguientes:
6 de enero (Reyes).
14 de abril (Viernes Santo).
17 de abril (Lunes de Pascua Florida).
1 de mayo (Fiesta del Trabajo).
24 de junio (San Juan).
15 de agosto (la Asunción).
11 de septiembre (Fiesta Nacional de Cataluña).
12 de octubre (Fiesta Nacional de España).
1 de noviembre (Todos los Santos).
6 de diciembre (Día de la Constitución).
8 de diciembre (la Inmaculada).
25 de diciembre (Navidad).
26 de diciembre (San Esteban).
b) De las trece fiestas mencionadas en el apartado a) habrá una, a elegir entre el 6 de enero (Reyes), el 17 de abril (Lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban) que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.
c) En el territorio de Aran, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, por los que se modifica el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes en ese territorio, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la del día 17 de junio (Fiesta de Aran).
