Articulo 1 Calendario oficial de fiestas laborales 2018 de Cataluña
Artículo 1
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a) Son fiestas laborales en Cataluña durante el año 2018 las siguientes:
1 de enero (Año Nuevo).
6 de enero (Reyes).
30 de marzo (Viernes Santo).
2 de abril (Lunes de Pascua Florida).
1 de mayo (Fiesta del Trabajo).
15 de agosto (la Asunción).
11 de septiembre (Diada Nacional de Cataluña).
12 de octubre (Fiesta Nacional de España).
1 de noviembre (Todos los Santos).
6 de diciembre (Día de la Constitución).
8 de diciembre (la Inmaculada).
25 de diciembre (Navidad)
26 de diciembre (San Esteban).
b) De las trece fiestas citadas en el apartado a) hay una, a elegir entre el 2 de abril (Lunes de Pascua Florida) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tiene el carácter de recuperable. Las otras doce son de carácter retribuido y no recuperable.
c) En el territorio de Aran, visto que el día 17 de junio (Fiesta de Aran) en 2018 coincide en domingo, no es necesario aplicar el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes y, por tanto, al igual que en el resto de Cataluña, será fiesta el día 26 de diciembre (San Esteban).
