Articulo 1 Características de las papeletas, sobres y el resto de material electoral a utilizar en las elecciones a las entidades locales menores
Artículo 1. Objeto
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1. Es objeto de este decreto aprobar los modelos y características técnicas de las papeletas de votación, sobres de votación y actas e impresos que se utilizarán en las elecciones a las entidades locales menores, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 19.1 g) y 70.1 de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.
2. La utilización de estos impresos será obligatoria en todos los trámites y operaciones del proceso electoral para las entidades locales menores.
3. La Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana, establece, en el artículo 66, dos sistemas electorales en función del número de habitantes, con lo cual el ayuntamiento del municipio al que pertenece cada entidad local menor optará por la versión que corresponda según los modelos que se recogen en los anexos de este decreto.
