Articulo 1 Carreteras de ... -Vigente-

Articulo 1 Carreteras de Galicia -Vigente-

Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto.

Vigente

La presente ley tiene por objeto regular el dominio público viario de las redes de carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia o de las entidades locales de su ámbito territorial, y establecer los procesos de planificación, proyección, construcción, financiación, explotación, uso y protección de aquél y los mecanismos que permitan coordinar la actuación de sus distintas administraciones titulares.