Articulo 1 Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud
- A partir del 28 de diciembre de 2018, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1412/2018, de 3 de diciembre, las referencias a los alimentos dietéticos para usos médicos especiales hechas en esta norma se entenderán realizadas a los alimentos para usos médicos especiales. - Real Decreto 1412/2018, de 3 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de comunicacion de puesta en el mercado de los alimentos para grupos especificos de poblacion.
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»Artículo 1. Objeto de la norma.
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Los objetivos de este real decreto, con el fin de garantizar la equidad y la accesibilidad a una adecuada atención sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, son.
1. Establecer el contenido de la cartera de servicios comunes de las prestaciones sanitarias de salud pública, atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, ortoprotésica, de productos dietéticos y de transporte sanitario.
2. Fijar las bases del procedimiento para la actualización de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
