Articulo 1 Cesión de tributos del Estado a las CC.AA.
- Desde el 1 de enero de 2002 queda derogada esta Ley para las Comunidades Autónomas que cumplan los requisitos del nuevo sistema de financiación. - LEY 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiacion de las Comunidades Autonomas de regimen comun y Ciudades con Estatuto de Autonomia.
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»Artículo 1. Objeto de la Ley.
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La presente Ley tiene por objeto el establecimiento del régimen general de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas, así como la adopción de medidas fiscales complementarias para la aplicación del modelo de financiación de las Comunidades Autónomas.
