Articulo 1 -CNMV-, sobre el documento con los datos fundamentales para el inversor y el folleto de las instituciones de inversión colectiva
- Norma Vigente hasta el 1 de enero de 2023, a excepción de las normas finales primera, segunda, tercera y cuarta, las cuales permanecerán vigentes. - Circular 3/2022, de 21 de julio, de la Comision Nacional del Mercado de Valores, sobre el folleto de las instituciones de inversion colectiva y el registro del documento con los datos fundamentales para el inversor.
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»Norma primera. Ámbito de aplicación.
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La presente Circular será de aplicación al folleto y al documento con los datos fundamentales para el inversor que las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) a las que se refiere el artículo 2.1.a) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (LIIC) o, en su caso, sus correspondientes sociedades gestoras y depositarios, presenten en la CNMV para su registro y adicionalmente, en el caso de los fondos de inversión, para su verificación previa.
