Articulo 1 Código de buen gobierno
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»Artículo 1. Norma básica de conducta.
Vigente
Los miembros del Gobierno de Navarra, los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral y los representantes electos de las Entidades Locales de Navarra deberán actuar de acuerdo con el Ordenamiento jurídico y respetando el principio de legalidad conforme a los parámetros de conducta de esta Ley Foral así como con los principio éticos que se establecen en la misma.

