Articulo 1 Composición del numero de identificación fiscal de las personas jurídicas y de las entidades sin personalidad jurídica
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»Artículo 1. Asignación de un Número de Identificación Fiscal a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica.
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En el marco de lo establecido en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él, la Hacienda Tributaria de Navarra asignará a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica un Número de Identificación Fiscal que las identifique, y que será invariable cualesquiera que sean las modificaciones que experimenten aquéllas, salvo que cambie su forma jurídica o su nacionalidad.
