Articulo 1 Conciliación d...abajadoras

Articulo 1 Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras

Ver Indice
»

Artículo primero. Permisos retribuidos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La letra b) del apartado 3 del artículo 37 queda redactada de la siguiente forma:

«b) Dos días por el nacimiento de hijo o por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.»