Articulo 1 Condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la ESO, ... de régimen especial
Articulo 1 Condiciones de...n especial

Articulo 1 Condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la ESO, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto de la norma.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Este real decreto tiene por objeto establecer las especialidades docentes de los cuerpos de funcionarios que tienen a su cargo la enseñanza en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional, así como definir la asignación de materias y módulos que deberá impartir el profesorado respectivo en dichas etapas del sistema educativo.

2. Asimismo, este real decreto tiene por objeto determinar la validez de los títulos universitarios oficiales de máster para acreditar la formación pedagógica y didáctica exigida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para ejercer la docencia en determinadas enseñanzas del sistema educativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-11-2008 en vigor desde 29-11-2008