Articulo 1 la Consejera d... Autónomos

Articulo 1 la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se establecen normas para la presentación de facturas electrónicas dirigidas a órganos y unidades de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos

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Artículo 1. Información a incluir en la factura.

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Las facturas electrónicas que se dirijan a destinatarios de la Administración de la Comunidad Foral o sus Organismos Autónomos con arreglo a lo que recoge la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público deberán incorporar el Código de Asignación a que se refiere el artículo 3 de la Orden Foral 150/2014, de 16 de mayo, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se establece el funcionamiento del Registro Contable de Facturas en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.

De conformidad con lo que señala el artículo 4.º de la Orden Foral señalada, este Código de Asignación, así como la identificación de las unidades orgánicas que sean necesarias, serán proporcionados a los proveedores por los órganos que adquieran los compromisos de gasto a que se refieren las facturas.

Sin perjuicio de lo señalado en el apartado anterior, los órganos y unidades gestoras del gasto podrán exigir a los proveedores que incluyan en la factura las referencias de albaranes, pedidos o cualquier otro elemento que permita identificar de forma individualizada el bien o servicio a que se refiere la factura.

Opcionalmente, los proveedores podrán señalar un concepto general en la etiqueta correspondiente, que será el texto que figurará en los apuntes que se realicen sobre esa factura. Si no se indica un valor en tal etiqueta, el Gobierno de Navarra tomará como concepto o título general la descripción de la primera línea de la factura.

La ubicación de los elementos a que se refiere este artículo dentro de la factura se realizará utilizando las posiciones y espacios descritos en el Anexo.