Articulo 1 Consejero de Fomento, por la que se establece el Fondo Foral de Vivienda Social
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»Artículo 1. Fondo Foral de Vivienda Social.
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Se constituye el Fondo Foral de Vivienda Social con arreglo a las normas establecidas en la presente Orden Foral y en la disposición transitoria séptima del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda.

