Articulo 1 Control Acústico de la Edificación
Artículo 1.- Objeto.
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1.- La presente Orden, en desarrollo del artículo 10 del Decreto 209/2014, de 28 de octubre, por el que se regula el control de calidad en la construcción, establece el procedimiento para la verificación in situ de las prestaciones acústicas que han de reunir los edificios conforme al Documento Básico HR-Protección frente al ruido- del Código Técnico de la Edificación, que se realizará conforme al protocolo establecido en el Anexo I de la presente norma, y que será de cumplimiento obligatorio en la CAPV.
2.- Así mismo, mediante la presente Orden se procede a la aprobación de las fichas normalizadas para el asiento en el Libro de Control de Calidad de los resultados de la verificación acústica «in situ» y de los ensayos, pruebas y análisis del control de recepción de obra de las características acústicas de productos, sistemas y equipos, tal y como figuran en los Anexos II y III de la presente Orden.
