Articulo 1 de se convocan las actividades de formación continua en materia de idiomas para el personal al servicio de la Administración
Primera. Requisitos de los/las participantes
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Podrá participar en las actividades formativas convocadas en esta resolución el personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales del artículo 45.a) de la
2. Está exceptuado el personal docente de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades; el personal de las escalas de los cuerpos de la policía de Galicia, policía local y bomberos; y el personal del Servicio Gallego de Salud, no entendiendo por tal al personal empleado público de la Escala de Salud Pública y Administración Sanitaria, creada por la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas de personal sanitario al servicio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
