Articulo 1 Cooperativas de Navarra
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»Artículo 1. Ámbito de aplicación.
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Esta Ley Foral será de aplicación a cuantas cooperativas realicen su actividad societaria típica con carácter principal en Navarra, sin perjuicio de que las relaciones con terceros o actividades instrumentales de su objeto se realicen fuera de la misma.
