Articulo 1 Coordinación de Policías Locales de C. La Mancha
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»Artículo 1. Objeto.
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La presente Ley tiene por objeto regular la coordinación de las Policías Locales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de su dependencia de la Autoridad local y con pleno respeto al principio de autonomía municipal, constitucionalmente reconocido, que informará las disposiciones contenidas en esta norma.
