Artículo 1 se crea el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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1. Se crea, el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, en adelante Comisionado, con rango de Subsecretaría, y con vigencia temporal, que se encargará del impulso, coordinación y seguimiento de la ejecución de las medidas adoptadas por la Administración General del Estado, así como de la coordinación con las administraciones territoriales afectadas.
2. El Comisionado, ejercerá sus funciones en el ámbito territorial determinado en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
