Articulo 1 Se crea el Consejo Catalán de Municipios Rurales
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El Consejo Catalán de Municipios Rurales es el órgano de asesoramiento del Gobierno en materia de régimen local y de participación y propuesta en los ámbitos que afecten a los municipios rurales, en los términos establecidos en la Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de municipios rurales.
Modificaciones
- Artículo modificado (rúbrica y contenido) por Decreto 61/2026, de 28 de abril, de modificación del Decreto 166/2022, de 13 de septiembre, por el que se crea el Consejo Catalán de Municipios Rurales (GC de 30-04-2026) en vigor desde 01-05-2026
