Articulo 1 Criterios de actuación en procesos electorales a órganos de representación del personal
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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1. La presente orden tiene por objeto establecer los criterios de actuación a seguir en el desarrollo de los procesos de elección de los órganos de representación del personal al servicio de la Junta de Extremadura y sus Organismos Autónomos, aprobar los modelos de impresos, sobres y papeletas electorales a utilizar y fijar los permisos del personal incluido en cada ámbito.
2. El ámbito de aplicación de la presente orden se extenderá al personal funcionario, incluido el personal docente y estatutario, y al personal laboral de la Junta de Extremadura y sus Organismos Autónomos.
