Articulo 1 Criterios y desarrollo del proceso de acoplamiento para la adscripción del personal funcionario de los Cuerpos Generales de la Admón. de Justicia a los nuevos puestos de las Oficinas Judiciales, Oficinas de Justicia en el municipio y Oficinas Generales de
Primero.
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Aprobar los criterios y el desarrollo del proceso de acoplamiento para la adscripción del personal funcionario de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia a los nuevos puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales, las Oficinas de Justicia en los municipios, las Agrupaciones de Oficinasde Justicia y las Oficinas Generales del Registro Civil en el territorio gestionado por el Principado de Asturias.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estime oportuno.
En Oviedo, a 3 de junio de 2025.-El Consejero de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, Guillermo Peláez Álvarez.-Cód. 2025-04728.
