Articulo 1 Currículo del segundo ciclo de la Educación Infantil
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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1.1. El presente Decreto tiene por objeto el desarrollo del currículo de las enseñanzas para el segundo ciclo de la Educación Infantil, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 6º de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de la Educación Infantil.
1.2. Este decreto será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
