Artículo 1.DECRETO 12/2026, de 3 de febrero
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»Artículo 1.- Objeto y adscripción.
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1.- El objeto de este decreto es establecer la estructura, composición y funciones de la Red Vasca de Desarrollo Rural creada en el artículo 16 de la Ley 7/2022, de 30 de junio, de Desarrollo Rural.
2.- La Red Vasca de Desarrollo Rural está adscrita al departamento de la Administración General de la Comunidad Autónoma competente en materia de desarrollo rural, sin que ello conlleve su integración en la estructura jerárquica del mismo.
