Artículo 1. DECRETO 7/2026, de 17 de marzo, Extremadura
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1. Este decreto regula requisitos complementarios tanto en materia de sanidad animal como de razas ganaderas, y el procedimiento único de autorización de certámenes ganaderos para el control del cumplimiento de dichas normas.
2. Se entiende por certamen ganadero el definido en el apartado 8 del artículo 3 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
3. Se entiende por certamen de ganado selecto a efectos de este decreto: cualquier concentración de animales reproductores que tengan como fin su venta en cualquier modalidad, su participación en un concurso, su mera exposición o una combinación de las anteriores alternativas para difundir la mejora de las razas que en él participan.
