Artículo 1. Decreto-ley 2/2026, de 11 de marzo, Andalucía
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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El decreto-ley tiene por objeto la adopción de las modificaciones normativas urgentes y necesarias para posibilitar la implantación de las licencias interautonómicas de caza y pesca en aguas continentales en Andalucía como consecuencia de la suscripción por parte de la Administración de la Junta de Andalucía del Convenio de Colaboración con esta finalidad con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Administraciones de las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, la Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, el Principado de Asturias y la Región de Murcia, así como para el fomento de la actividad cinegética.
