Articulo 1 Decreto-ley de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas
Artículo 1. Modificación de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia.
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Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia.
Uno. Se suprimen los artículos 5.3, a), 8 y el Capítulo II del Título II de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre.
Dos. Se modifica el artículo 37, que queda redactado como sigue:
Artículo 37. Horario semanal y diario
El horario de apertura y cierre de los establecimientos comerciales de venta al público será de libre fijación por la empresas minoristas en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin perjuicio de los derechos reconocidos a los trabajadores en el régimen laboral.
Tres. Se modifica el apartado 1 del artículo 38, que queda redactado como sigue:
Artículo 38. Régimen de apertura en domingos y días festivos.
1. El número de domingos y días festivos en el que los comercios podrán permanecer abiertos al público en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia será de 16 días al año.
