Articulo 1 DECRETO2/2010,...tillayLeon

Articulo 1 DECRETO2/2010,de14deenero,porelquesefijanlascantidadesretributivasparaelaño2010delpersonalalserviciodelaAdministraciondelaComunidaddeCastillayLeon.

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Artículo 1. Normas generales.

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Grupos/Subgrupos de Clasificación Profesional.

1. En aplicación del Art. 22.cinco de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, y del Art. 15 de la Ley 11/2009, de 22 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010, se recogen a efectos retributivos los nuevos grupos y subgrupos de clasificación para el personal bajo régimen funcionarial de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Sin perjuicio de ello la adscripción de los diferentes cuerpos, escalas y especialidades actualmente existentes en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, para su equivalencia a los nuevos grupos y subgrupos de clasificación, se seguirá realizando según lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, y demás normativa vigente.

2. A estos efectos las retribuciones a percibir por los funcionarios públicos que han venido siendo referenciadas a los grupos y subgrupos de titulación previstos en el Art. 28 y siguientes de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, pasan a estar referenciadas a los grupos y subgrupos establecidos en el Art. 76 y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, sin experimentar otras variaciones que las derivadas de los incrementos previstos en este decreto. Las equivalencias entre ambos sistemas de clasificación son las siguientes:

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