Articulo 1 Demarcaciones municipales
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»Artículo 1. Concepto.
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El término municipal es el territorio en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias. Estará formado por territorios continuos, pero podrán mantenerse, con carácter excepcional, los enclaves o situaciones de discontinuidad existentes a la entrada en vigor de esta Norma Foral.
