Artículo 1 Se desarrollan las particularidades presupuestarias y contables que deben regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales de Baleares
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Esta Orden desarrolla las particularidades presupuestarias y contables inherentes a la prórroga de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del ejercicio 2025 mientras no entren en vigor los del ejercicio 2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
