Articulo 1 Desarrollo de ...rofesional

Articulo 1 Desarrollo de la Ley 26/2006 en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional

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Artículo 1. Obligaciones generales.

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1. Los corredores de seguros, los de reaseguros, las sociedades de correduría de seguros y las de reaseguros llevarán y conservarán los libros-registro, correspondencia y justificantes concernientes a su negocio debidamente ordenados, en los términos establecidos en la legislación mercantil.

2. Los libros-registro a que se refiere este capítulo se sujetarán a las siguientes reglas.

a) Podrán conservarse en soportes informáticos,

b) Deberán estar a disposición de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones,

c) No podrán llevarse con un retraso superior a tres meses.

3. El Ministro de Economía y Hacienda podrá dictar normas de llevanza y especificaciones técnicas de los libros-registro a que se refiere este capítulo.