Articulo 1 Desarrollo de ...e viudedad

Articulo 1 Desarrollo de la Ley 27/2011, en materia de pensión de viudedad

  • La presente norma surtirá efectos económicos desde el 1 de agosto de 2018.
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Artículo 1. Objeto.

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Constituye el objeto de este real decreto la regulación del incremento del porcentaje aplicable para el cálculo de la cuantía de la pensión de viudedad del sistema de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, y en la disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.