Articulo 1 Desarrollo del RD que aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación
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»Artículo 1.
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Las competencias derivadas del cumplimiento y efectos de lo establecido en el Real Decreto 1776/1981 de 3 de agosto, corresponderán al Instituto de Relaciones Agrarias, conforme a las funciones que el mismo tiene atribuidas y a las que la presente Orden le encomienda.
