Articulo 1 el se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Primero. Determinar el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para al año 2026.
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Para el año 2026 son días inhábiles, a efectos de cómputos de plazos, los sábados, domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con el Decreto 101/2025, de 14 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026:
- 1 de enero (jueves), Año Nuevo.
- 6 de enero (martes), Epifanía del Señor.
- 28 de febrero (sábado), Día de Andalucía.
- 2 de abril, Jueves Santo.
- 3 de abril, Viernes Santo.
- 1 de mayo (viernes), Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto (sábado), Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre (lunes), Fiesta Nacional de España.
- 2 de noviembre (lunes), Todos los Santos.
- 7 de diciembre (lunes), Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre (martes), Día de la Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre (viernes), Natividad del Señor.
