Artículo 1 se dictan instrucciones generales en relación con el medio de intervención al que habrá de someterse la instalación en suelo urbano de infraestructuras de red o estaciones radioeléctricas
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
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La presente Orden tiene por objeto aprobar las instrucciones generales para clarificar el medio de intervención al que habrá de someterse la instalación en suelo urbano de infraestructuras de red o estaciones radioeléctricas en edificaciones de dominio privado.
