Articulo 1 la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2016 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra
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Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2016, las siguientes:
1 de enero: Año Nuevo.
6 de enero: Epifanía del Señor.
24 de marzo: Jueves Santo.
25 de marzo: Viernes Santo.
28 de marzo: Lunes de Pascua.
25 de julio: Santiago Apóstol.
15 de agosto: Asunción de la Virgen.
12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
3 de diciembre: San Francisco Javier.
6 de diciembre: Día de la Constitución.
8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
26 de diciembre: Segunda fiesta de Navidad.
En la relación anterior está incluida, en los términos del artículo 46 del mentado Real Decreto, la fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, el día 3 de diciembre, festividad de San Francisco Javier, día de Navarra.

