Artículo 1 Disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 910/2014 en lo que respecta a los protocolos y las interfaces que admitirá el marco europeo de identidad digital
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente Reglamento establece normas sobre los protocolos y las interfaces de las soluciones de cartera para:
1) la expedición de datos de identificación de la persona y declaraciones electrónicas de atributos a unidades de cartera;
2) la presentación de atributos de los datos de identificación de la persona y las declaraciones electrónicas de atributos a las partes usuarias de la cartera y a otras unidades de cartera;
3) la comunicación de las solicitudes de supresión de datos a las partes usuarias de la cartera;
4) la denuncia de partes usuarias de la cartera ante las autoridades de control establecidas en virtud del artículo 51 del Reglamento (UE) 2016/679;
que deben actualizarse periódicamente para mantenerlos en consonancia con la evolución de la tecnología y las normas y con el trabajo realizado sobre la base de la Recomendación (UE) 2021/946, y en particular la arquitectura y el marco de referencia.
- Artículo modificado (apdo. 2) por Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1731 de la Comisión, de 15 de julio de 2026, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2024/2977, (UE) 2024/2979, (UE) 2024/2980 y (UE) 2024/2982 en lo que respecta a las normas y especificaciones aplicables (DC de 22-07-2026) en vigor desde 11-08-2026
