Articulo 1 Educación de Andalucía
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
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1. La presente Ley tiene por objeto la regulación del sis-tema educativo andaluzy de su evaluación, así como el fomento de la participación efectiva de la sociedad y sus instituciones en el mismo, en el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el marco de las bases establecidas para el sistema educativo español.
2. El ámbito de aplicación de la presente Ley es todo el sistema educativo andaluz, a excepción del universitario.
