Articulo 1 Educacion en el Tiempo Libre

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Artículo 1. Objeto de la Ley.

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La presente Ley tiene por objeto establecer el marco normativo y competencial que regule.

a) Las actividades de Educación en el Tiempo Libre, organizadas y realizadas por personas físicas o jurídicas y entidades públicas o privadas que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) La formación del personal responsable de actividades de Educación en el Tiempo Libre y las condiciones en las que serán reconocidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria las Escuelas de Tiempo Libre operativas en su ámbito territorial, así como la creación de un marco jurídico aplicable a las mismas.

c) Las instalaciones en donde se desarrollen actividades de Educación en el Tiempo Libre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.