Articulo 1 Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de Áreas de Especial Protección
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Articulo 1 Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de Áreas de Especial Protección

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Artículo 1.

Vigente

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La presente Ley tiene por objeto:

1. Definir las Áreas de Especial Protección de Interés para la Comunidad Autónoma, en razón a sus excepcionales valores ecológicos, geológicos y paisajísticos, y establecer las medidas y condiciones de ordentación territorial y urbanística precisas para su conservación protección.

2. Establecer normas adicionales de protección de los espacios naturales protegidos que se declaren al amparo de la Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre,

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-1991 en vigor desde 10-03-1991