Articulo 1 Espectáculos taurinos populares
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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1. El presente reglamento tiene por objeto la regulación aplicable a la organización y desarrollo de los espectáculos taurinos populares que se celebren en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como el procedimiento administrativo de autorización.
2. A los efectos de este reglamento, se entiende por espectáculos taurinos populares en la Comunidad Autónoma de La Rioja, los festejos en los que se utilizan reses de raza bovina de lidia para el recreo y fomento de la afición, sin que la muerte del animal se produzca en presencia del público.
